El presente documento contiene las condiciones, restricciones, mecánica, sorteo, selección de ganadores, entrega de premios y demás reglas aplicables a la actividad promocional denominada “Tu Hogar Gana” (en adelante, la “Actividad Promocional”). La participación en la Actividad Promocional implica la aceptación voluntaria, previa e íntegra de estos términos y condiciones, sin perjuicio de las reglas imperativas previstas en la normativa colombiana aplicable y de la autorización que corresponda expedir a Coljuegos.
La ejecución, publicidad y desarrollo de la Actividad Promocional estarán sujetos a la autorización previa de Coljuegos. En consecuencia, el presente reglamento deberá completarse con el número y fecha del acto administrativo correspondiente antes de su divulgación pública o ejecución definitiva.
1.1. Organizador. CREDIJAMAR S.A., identificada con NIT 900.461.448-8, será la sociedad organizadora y responsable de la Actividad Promocional, así como de la solicitud de autorización, consolidación de participantes, verificación de requisitos, realización del sorteo, contacto de ganadores, entrega de premios y reporte de actas ante la autoridad competente, en los términos previstos en este reglamento.
1.2. Naturaleza promocional. La Actividad Promocional tiene por finalidad incentivar las compras financiadas a través de CREDIJAMAR S.A. y fomentar el pago oportuno de las obligaciones crediticias adquiridas por sus clientes, mediante la asignación aleatoria de premios entre quienes cumplan la totalidad de requisitos previstos en este documento.
1.3. Ausencia de pago directo por participar. La participación en la Actividad Promocional no tendrá costo adicional para el cliente. Las compras financiadas o pagos de cuotas que generen participaciones corresponden a operaciones comerciales o crediticias ordinarias, sin que exista pago directo, sobreprecio, compra de boleta, cargo adicional o contraprestación independiente para acceder al sorteo.
1.4. Rol de Muebles Jamar. Muebles Jamar S.A. actuará exclusivamente como aliado comercial, canal de divulgación, canal de redención de bonos de compra y apoyo operativo en los aspectos que resulten necesarios para la ejecución de la Actividad Promocional. Muebles Jamar S.A. no tendrá la calidad de organizador del juego promocional ni asumirá obligaciones diferentes a aquellas que expresamente se deriven de su participación como aliado comercial y canal de redención.
2.1. Nombre. La Actividad Promocional se denomina “Tu Hogar Gana”.
2.2. Vigencia. La Actividad Promocional tendrá vigencia desde el 24 de julio de 2026 hasta el 26 de agosto de 2026 a las 11:59 p. m., de conformidad con el cronograma establecido en este reglamento.
2.3. Cobertura territorial. Podrán participar las personas naturales mayores de edad, residentes en la República de Colombia, que cumplan los requisitos establecidos en el presente reglamento y que realicen las operaciones válidas en los departamentos en los cuales Muebles Jamar tiene presencia o en los canales digitales y externos autorizados: Atlántico, Bolívar, Magdalena, Córdoba, Sucre, La Guajira, Santander, Cesar, Antioquia y Cundinamarca.
2.4. Autorización de Coljuegos según Resolución No. 20260017134 de fecha 22 Julio de 2026.
3.1. Cliente: persona natural mayor de edad que tenga o adquiera una relación crediticia con CREDIJAMAR S.A. y que cumpla las condiciones previstas en este reglamento.
3.2. Participación: oportunidad asignada al cliente para ingresar al sorteo, siempre que cumpla la totalidad de condiciones exigidas para la modalidad correspondiente.
3.3. Compra financiada válida: compra realizada durante la vigencia de la Actividad Promocional, financiada exclusivamente por CREDIJAMAR S.A., por valor igual o superior a DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($2.800.000) IVA incluido, debidamente aprobada, facturada y recibida a satisfacción por el cliente dentro de las condiciones previstas en este reglamento.
3.4. Pago de cuota válido: pago completo, efectivo y registrado en el sistema de CREDIJAMAR S.A. respecto de una cuota de crédito igual o superior a CIENTO CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($150.000), realizado dentro de la vigencia de la Actividad Promocional y conforme al cronograma aplicable.
3.5. Bono o premio: valor de DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000) que podrá materializarse como abono al saldo de obligaciones vigentes con CREDIJAMAR S.A. o como bono de compra redimible únicamente en tiendas Jamar, según la situación del ganador al momento de la entrega.
4.1. Podrán participar únicamente personas naturales mayores de edad, residentes en Colombia, que sean clientes de CREDIJAMAR S.A. y que cumplan la totalidad de requisitos establecidos en este reglamento.
4.2. El cliente deberá realizar una compra financiada y/o pagos de cuotas al Crédito vigente o nuevo a través de CREDIJAMAR S.A. durante la vigencia de la Actividad Promocional.
4.3. Solo generarán participaciones las operaciones realizadas a través del sistema de financiación ofrecido por CREDIJAMAR S.A., en tiendas físicas de Muebles Jamar, canales digitales o canales externos autorizados, siempre que se cumplan las demás condiciones establecidas.
4.4 El Cliente deberá encontrarse al día en el pago de las cuotas de su crédito con CREDIJAMAR S.A. a la fecha de revisión de requisitos establecida en el cronograma oficial de la campaña. Este requisito será indispensable para que su participación sea considerada válida y elegible para resultar ganador. En consecuencia, si el cliente registra mora en el pago de cualquiera de sus cuotas a la fecha del corte, su participación quedará inhabilitada para el sorteo.
4.5. Cualquier incumplimiento de las condiciones previstas en este reglamento impedirá la inclusión del cliente en la base elegible del sorteo o dará lugar a su exclusión, según corresponda.
5.1. CONDICIONES PARA PARTICIPAR
Podrán participar en la actividad promocional los clientes que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:
5.2.1. Participarán en el sorteo los clientes que, durante la vigencia comprendida entre el 24 de julio de 2026 y el 26 de agosto de 2026, realicen compras financiadas exclusivamente a través de CREDIJAMAR S.A. por valor igual o superior a DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($2.800.000) IVA incluido en canales físicos o digitales.
5.2.2. Para que la participación sea válida, la compra debe cumplir las condiciones de otorgamiento del crédito y encontrarse ' aprobada, facturada y recibida a satisfacción por el cliente' en la dirección registrada en el documento de despacho, dentro de las fechas establecidas en el cronograma oficial de la campaña.
5.2.3. Cada factura independiente que cumpla individualmente con el monto mínimo ($2.800.000 IVA incluido) y la entrega a satisfacción, otorgará una (1) oportunidad para participar en el sorteo. En consecuencia, un mismo cliente podrá obtener múltiples participaciones si cuenta con varias facturas válidas."
5.2.4. Transcurridas veinticuatro (24) horas desde la confirmación de entrega de la mercancía, los clientes que hayan cumplido los requisitos recibirán una comunicación por correo electrónico y/o mensaje de texto (SMS) al canal registrado en las bases de CREDIJAMAR S.A., mediante la cual se les informará la confirmación de su participación. La falta de recepción de la comunicación no impedirá la participación cuando el cliente cumpla efectivamente los requisitos, sin perjuicio de que pueda validar su estado a través de los canales de atención dispuestos.
5.2.5. Cuando la entrega de la mercancía no pueda realizarse dentro del plazo previsto por causas imputables al cliente, la compra no generará participación. Cuando la entrega se retrase por causas atribuibles a CREDIJAMAR S.A., Muebles Jamar S.A. o sus operadores logísticos, la participación podrá ser validada previa a la reclamación del usuario; siempre que la compra haya sido aprobada, facturada y se cumplan los demás requisitos del reglamento.
5.2.6. No generarán participaciones las compras realizadas mediante medios de pago o mecanismos de financiación diferentes a CREDIJAMAR S.A., incluyendo, sin limitarse a, efectivo, pagos de contado, tarjetas débito, tarjetas crédito, financiación con otras entidades, alianzas financieras distintas, redenciones de millas u otros mecanismos no autorizados en este reglamento.
5.2.7. Tampoco generarán participaciones las compras anuladas, reversadas, devueltas, no facturadas, no entregadas o que no hayan sido recibidas a satisfacción por el cliente, salvo lo previsto para demoras atribuibles al organizador, aliado comercial u operadores logísticos.
5.3.1. También participarán en el sorteo los clientes de CREDIJAMAR S.A. que tengan créditos con saldo vigente en cartera y cuotas iguales o superiores a CIENTO CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($150.000), siempre que realicen el pago completo de sus cuotas entre el 24 de julio de 2026 y el 26 de agosto de 2026 y queden al día a la fecha de revisión de requisitos establecida en el cronograma oficial.
5.3.2. Por cada cuota completa pagada respecto de la financiación otorgada por CREDIJAMAR S.A., a través de los canales de pago disponibles en tiendas físicas de Muebles Jamar, canales digitales o canales externos autorizados, el cliente obtendrá una (1) participación para el sorteo.
5.3.3. Los clientes que realicen pagos anticipados de cuotas futuras podrán obtener participaciones adicionales, otorgándose una (1) participación por cada cuota futura completa pagada anticipadamente que cumpla las condiciones establecidas en este reglamento.
5.3.4. Los créditos con cuotas inferiores a CIENTO CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($150.000) no generarán participaciones por pago de cuota.
5.3.5. Los pagos realizados por valor inferior al monto total de la cuota serán considerados abonos parciales y no generarán participaciones. Solo el pago completo de la cuota habilitará la asignación de la participación correspondiente.
5.3.6. Los pagos realizados que liquiden anticipadamente la totalidad de la deuda no otorgarán participaciones. Solo se considerarán las participaciones correspondientes a pagos que cubran cuotas vigentes durante la campaña.
5.3.7. En caso de que el cliente presente cuotas vencidas de meses anteriores al inicio de la vigencia de la Actividad Promocional y efectúe el pago acumulado de estas junto con la cuota del mes vigente, únicamente se reconocerá participación por el pago de la cuota vigente correspondiente al mes en el cual se efectúe el pago. Las cuotas canceladas en mora de meses anteriores no generarán participaciones adicionales.
5.3.8. Si el cliente paga la cuota en una fecha diferente a la fecha ordinaria de vencimiento, pero se pone al día dentro del mismo mes y dentro de la vigencia de la Actividad Promocional, obtendrá la participación que corresponda, siempre que cumpla las demás condiciones del reglamento.
5.3.9. Una vez se registre en el sistema de CREDIJAMAR S.A. el pago efectivo del valor total de la cuota y transcurridas veinticuatro (24) horas desde dicho registro, los clientes que hayan cumplido esta condición recibirán una comunicación por correo electrónico y/o mensaje de texto (SMS) al canal registrado, mediante la cual se les informará la confirmación de su participación. La falta de recepción de la comunicación no impedirá la participación cuando el cliente cumpla efectivamente los requisitos.
|
Modalidad |
Condición principal |
Participación generada |
Restricciones principales |
|
Compra financiada |
Compra financiada por CREDIJAMAR S.A. igual o superior a $2.800.000 IVA incluido, aprobada, facturada y recibida a satisfacción. |
Una (1) participación por cada factura válida. |
No aplican compras de contado, tarjetas, otros financiadores, compras anuladas, reversadas o devueltas. |
Pago de cuota de crédito vigentes o nuevos
|
Pago completo de cuota de crédito igual o superior a $150.000, realizado dentro de la vigencia y efectivamente registrado. |
Una (1) participación por cada cuota completa pagada. |
No aplican abonos parciales, ni pagos totales que liquiden el crédito, ni pagos de cuotas vencidas de meses anteriores como participaciones adicionales. |
|
Pago anticipado |
Pago completo de cuotas futuras dentro de la vigencia de la Actividad Promocional. |
Una (1) participación por cada cuota futura completa pagada. |
Debe tratarse de cuota completa, registrada efectivamente en el sistema de CREDIJAMAR S.A. |
6.1. El cliente deberá sujetarse estrictamente a las fechas establecidas en el presente cronograma para efectos de su participación. No habrá lugar a reclamaciones por compras, pagos, activaciones o gestiones realizadas por fuera de los plazos previstos, salvo que se trate de situaciones atribuibles a CREDIJAMAR S.A., Muebles Jamar S.A. o sus operadores, debidamente verificadas.
|
Fecha inicial para realizar compras |
Fecha límite para recibir mercancía |
Revisión de cumplimiento de requisitos |
Fecha de sorteo |
|
24 de julio de 2026 |
26 de agosto de 2026, 11:59 p. m. |
27 y 28 de agosto de 2026 |
29 de agosto de 2026 |
|
Fecha inicial de pagos de cuotas receptuados |
Fecha límite de pagos de cuotas receptuados |
Revisión de cumplimiento de requisitos |
Fecha de sorteo |
|
24 de julio de 2026 |
26 de agosto de 2026, 11:59 p. m. |
27 y 28 de agosto de 2026 |
29 de agosto de 2026 |
6.5 Tanto para clientes con participaciones en compras y pagos, deberá encontrarse al día en el pago de las cuotas de su crédito con CREDIJAMAR S.A. a la fecha de revisión de requisitos establecida en el cronograma oficial de la campaña. Este requisito será indispensable para que su participación sea considerada válida y elegible para resultar ganador. En consecuencia, si el cliente registra mora en el pago de cualquiera de sus cuotas a la fecha del corte, su participación quedará inhabilitada para el sorteo.
7.1. No podrán participar personas menores de edad ni personas que, conforme a la normativa aplicable, se encuentren legalmente inhabilitadas para participar en juegos de suerte y azar o actividades promocionales de esta naturaleza.
7.2. No podrán participar los empleados de CREDIJAMAR S.A. ni de Muebles Jamar S.A., así como sus cónyuges o compañeros permanentes.
7.3. Durante la vigencia de la Actividad Promocional no serán elegibles los clientes que tengan créditos refinanciados, reestructurados o castigados, ni quienes participen exclusivamente en calidad de fiadores o codeudores.
7.4. No serán válidas las compras financiadas en Muebles Jamar mediante alianzas o mecanismos distintos al crédito otorgado directamente por CREDIJAMAR S.A., incluyendo, sin limitarse a, ADDI, Sistecrédito, Codensa, Serfinansa, Brilla, Davivienda, redención de millas LifeMiles, tarjetas débito, tarjetas crédito u otros medios de pago o financiación diferentes a CREDIJAMAR S.A.
7.5. Cada cliente podrá resultar ganador una sola vez durante la Actividad Promocional, sin perjuicio de que pueda acumular varias participaciones válidas conforme a las reglas previstas en este reglamento.
7.6. CREDIJAMAR S.A. verificará, antes del sorteo, que los participantes cumplan los requisitos de compras financiadas, pagos de cuotas, estado de obligaciones, ausencia de exclusiones y demás condiciones aplicables. Solo los participantes que acrediten el cumplimiento íntegro serán incluidos en la base elegible para el sorteo.
7.7. CREDIJAMAR S.A. podrá excluir de la Actividad Promocional a cualquier participante respecto del cual se evidencie fraude, alteración de información, suministro de datos falsos, manipulación de la mecánica promocional, incumplimiento de requisitos o cualquier conducta contraria a este reglamento.
8.1. La Actividad Promocional otorgará veinticuatro (24) Bonos, cada uno por valor de DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000), para un valor total del plan de premios de CUARENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($48.000.000).
8.2. El premio consistirá en Bono por valor de DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000), que se aplicará en primer lugar como abono al saldo de obligaciones vigentes que el ganador tenga con CREDIJAMAR S.A. Cuando no exista obligación vigente, o cuando exista un excedente luego de la aplicación al crédito, dicho valor será entregado mediante bono de compra redimible únicamente en tiendas Jamar.
8.3. Cuando el ganador mantenga una obligación vigente con CREDIJAMAR S.A. al momento de la entrega del premio, el valor correspondiente será aplicado directamente al saldo de su obligación crediticia vigente, tomando como referencia el saldo registrado al cierre del día 27 de agosto de 2026 o la fecha de corte que operativamente determine CREDIJAMAR S.A. para la validación de la campaña.
8.4. Si el saldo de la obligación es superior a DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000), el premio se aplicará hasta dicho valor y el saldo restante continuará siendo responsabilidad exclusiva del cliente, quien deberá atender su pago conforme a las condiciones pactadas con CREDIJAMAR S.A.
8.5. Si el saldo de la obligación es inferior a DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000), se aplicará al crédito únicamente el valor necesario para cancelar o disminuir la obligación, y el excedente será entregado al ganador mediante bono de compra redimible únicamente en tiendas Jamar.
8.6. Los ganadores que no registren obligaciones vigentes con CREDIJAMAR S.A. al momento de la entrega del premio recibirán la totalidad del premio mediante bono de compra redimible únicamente en tiendas Jamar por valor de DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000).
8.7. El bono de compra será redimible exclusivamente para la adquisición de muebles, colchones, productos de decoración comercializados por Muebles Jamar, de acuerdo con los términos y condiciones aplicables al bono y a la oferta disponible al momento de su redención.
8.8. El bono de compra tendrá una vigencia de un (1) año contado a partir de la fecha de su entrega al ganador. Una vez vencido dicho término, perderá su validez y no dará lugar a prórrogas, compensaciones, sustituciones ni reconocimientos económicos de ninguna naturaleza, salvo que una norma aplicable disponga una regla distinta.
8.9. El premio no será entregado en dinero en efectivo, transferencias, productos o servicios diferentes a los expresamente previstos en este reglamento. El premio será intransferible, no negociable, no endosable y no podrá ser cedido a terceros.
8.10. CREDIJAMAR S.A. entregará los premios siempre que los posibles ganadores cumplan todas las condiciones establecidas en el presente reglamento.
|
Sorteo |
Fecha de realización |
Premio |
Cantidad de premios |
|
No. 1 |
29 de agosto de 2026 |
Bono de $2.000.000, aplicable como abono al crédito o bono de compra Jamar, según corresponda. |
24 |
9.1. El sorteo se realizará el día 29 de agosto de 2026 a las 11:00 a. m en JAMAR NORTE Calle 77 #70-64 Barranquilla / Atlántico, mediante transmisión en vivo a través de la cuenta oficial de Instagram de Muebles Jamar, en presencia de un delegado de la primera autoridad administrativa de Barranquilla o de quien corresponda conforme a la autorización aplicable.
9.2. Antes de la realización del sorteo, CREDIJAMAR S.A. verificará la información de los participantes respecto de compras financiadas, pagos de cuotas, estado de obligaciones, restricciones y demás condiciones previstas en este reglamento.
9.3. Para efectos del sorteo, CREDIJAMAR S.A. descargará la base de datos de participantes potenciales, verificará el cumplimiento de requisitos y consolidará una base única con los participantes habilitados. Solo dicha base consolidada será utilizada para la selección aleatoria de posibles ganadores y suplentes.
9.4. La base consolidada definitiva será cargada en la plataforma tecnológica EASY PROMO o en la herramienta tecnológica que CREDIJAMAR S.A. disponga para tales efectos, siempre que garantice trazabilidad, aleatoriedad, objetividad e integridad del proceso de selección.
9.5. El sistema efectuará la selección aleatoria de veinticuatro (24) posibles ganadores principales y veinticuatro (24) suplentes, en el orden generado por la herramienta tecnológica utilizada.
9.6. La fecha del sorteo corresponderá a la fecha en la cual se lleve a cabo la selección aleatoria de los posibles ganadores y suplentes, conforme a este reglamento.
10.1. Durante el sorteo se seleccionarán veinticuatro (24) posibles ganadores principales y veinticuatro (24) suplentes. Cada cliente podrá resultar ganador una sola vez.
10.2 Los posibles ganadores serán contactados a través de los datos registrados en la base de datos de CREDIJAMAR S.A., mediante mensajes de texto, correo electrónico y un mínimo de tres (3) llamadas telefónicas diarias distribuidas en diferentes horarios. CREDIJAMAR S.A. dejará constancia de los intentos de contacto realizados, el canal utilizado, la fecha y el resultado de la gestión.
10.3 Esta gestión de contacto se realizará durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la realización del sorteo, con el fin de informar al posible ganador la descripción del premio, la forma de aplicación o entrega, los requisitos para reclamarlo, el tratamiento de datos personales aplicable y las condiciones de aceptación. El ganador principal tendrá este mismo plazo de cinco (5) días hábiles para confirmar la aceptación del premio.
10.4 Ganadores suplentes: Si transcurrido este periodo de cinco (5) días hábiles el ganador principal no confirma la aceptación del premio, no se logra comunicación con él o rechaza el premio, se procederá a contactar al ganador suplente bajo las mismas condiciones, medios y plazos establecidos para el ganador principal."
10.5. Si un posible ganador no puede ser contactado dentro del plazo previsto, no acredita los requisitos, renuncia expresamente al premio, fallece antes de la entrega, suministra información falsa o incurre en una causal de exclusión, CREDIJAMAR S.A. asignará el premio al suplente correspondiente, respetando el orden de selección generado durante el sorteo.
10.6. En caso de acudir a suplentes, CREDIJAMAR S.A. documentará la causal que impidió la entrega al posible ganador principal y dejará constancia del contacto y validación del suplente respectivo.
11.1. CREDIJAMAR S.A. coordinará con cada ganador la fecha, lugar, hora y modalidad de entrega del premio, conforme a la naturaleza del Bono aplicable.
11.2. Para reclamar el premio, el ganador deberá presentar su cédula de ciudadanía original, acreditar su identidad, suscribir el acta de entrega y cumplir los demás requisitos razonables que CREDIJAMAR S.A. informe para garantizar la correcta entrega y trazabilidad del premio.
11.3. Cuando el premio se aplique como abono a una obligación vigente, CREDIJAMAR S.A. dejará constancia interna de la aplicación del valor al saldo correspondiente e informará al ganador la forma en que dicho abono impacta su obligación crediticia. La aplicación del premio generará una disminución en el valor de las cuotas pendientes o del saldo, según las políticas y procedimientos vigentes de CREDIJAMAR S.A., manteniéndose las demás condiciones financieras aplicables al crédito.
11.4. Cuando el premio se materialice total o parcialmente en bono de compra, el ganador deberá suscribir la constancia de entrega del bono y atender las condiciones de redención aplicables en tiendas Jamar.
11.5. CREDIJAMAR S.A. deberá dejar constancia mediante acta de la entrega de cada uno de los premios. Dichas actas serán remitidas a Coljuegos dentro de los treinta (30) días siguientes a la entrega, o dentro del término que establezca la autorización o normativa aplicable.
11.6. CREDIJAMAR S.A. deberá entregar los premios dentro del plazo máximo previsto por la normativa aplicable, contado a partir de la fecha de realización del sorteo, sin perjuicio de las situaciones atribuibles al ganador que impidan o retrasen la entrega y que deberán quedar debidamente documentadas.
11.7. La entrega del premio será personal al ganador. No obstante, si existieren circunstancias de fuerza mayor debidamente acreditadas, CREDIJAMAR S.A. podrá evaluar mecanismos alternativos de entrega, siempre que estos garanticen autenticidad, trazabilidad, seguridad y cumplimiento de la normativa aplicable.
12.1. El resultado del sorteo, así como las condiciones generales de la Actividad Promocional, podrán ser publicados en el sitio web https://credijamar.com.co/pages/condiciones-tu-hogar-gana , en www.credijamar.com.co, en www.jamar.com y en las cuentas oficiales de Muebles Jamar en Instagram @mueblesjamar y Facebook @Jamar Colombia.
12.2. CREDIJAMAR S.A. podrá utilizar comunicaciones resumidas, extractos, piezas publicitarias o avisos informativos, siempre que estos no contradigan el presente reglamento y remitan al consumidor a la versión completa de términos y condiciones.
12.3. En caso de contradicción entre una pieza publicitaria resumida y el presente reglamento, prevalecerá la regla más favorable al consumidor, siempre que ello sea compatible con la autorización de la Actividad Promocional y la normativa aplicable.
13.1. Los participantes deberán suministrar información veraz, completa, exacta, actualizada y comprobable. CREDIJAMAR S.A. tratará los datos personales de los participantes y ganadores conforme a la Ley 1581 de 2012, sus normas reglamentarias, la Política de Tratamiento de Datos Personales de CREDIJAMAR S.A. y las autorizaciones otorgadas por los titulares.
13.2. Los datos personales de los participantes podrán ser tratados para las siguientes finalidades: validar el cumplimiento de requisitos, consolidar la base de participantes, realizar el sorteo, contactar posibles ganadores, verificar identidad, entregar premios, elaborar actas, atender solicitudes o reclamaciones, cumplir obligaciones legales y reportar la información requerida por Coljuegos o por autoridades competentes.
13.3. La Política de Tratamiento de Datos Personales de CREDIJAMAR S.A. podrá ser consultada en el siguiente enlace: https://credijamar.com.co/pages/politica-de-tratamiento-de-datos.
13.4. Muebles Jamar S.A. podrá tratar datos personales únicamente en su calidad de aliado comercial, canal de redención, canal de divulgación o apoyo operativo de la Actividad Promocional, conforme a las finalidades autorizadas y a los acuerdos que correspondan en materia de protección de datos personales.
13.5. La autorización para el uso de imagen, voz, nombre, testimonio o contenido audiovisual de los ganadores para fines publicitarios, comerciales o de divulgación será solicitada de manera previa, expresa, informada y documentada. Dicha autorización deberá indicar, como mínimo, finalidades, medios, canales, vigencia, territorio, responsables del tratamiento y posibilidad de revocatoria conforme a la normativa aplicable.
13.6. La negativa del ganador a autorizar el uso de su imagen para fines publicitarios no afectará su derecho a recibir el premio, siempre que cumpla la totalidad de requisitos establecidos en este reglamento. Lo anterior no impide la publicación de la información mínima necesaria para efectos de transparencia del sorteo, cuando esta resulte exigible conforme a la normativa o autorización aplicable.
13.7. Los titulares de datos personales podrán ejercer sus derechos de conocimiento, actualización, rectificación, supresión, revocatoria y demás derechos reconocidos por la normativa aplicable, a través de los canales establecidos por CREDIJAMAR S.A. en su Política de Tratamiento de Datos Personales.
14.1. CREDIJAMAR S.A. responderá por la organización de la Actividad Promocional y por la entrega de los premios en los términos previstos en este reglamento y en la autorización correspondiente.
14.2. El ganador será responsable por el uso que haga del premio una vez recibido, salvo que el daño, falla o inconveniente derive de una causa imputable a CREDIJAMAR S.A., a sus aliados o a terceros bajo su control operativo.
14.3. CREDIJAMAR S.A. se reserva el derecho de excluir a cualquier participante cuando detecte fraude, suplantación, falsedad, manipulación, incumplimiento de requisitos o cualquier irregularidad que afecte la transparencia de la Actividad Promocional.
14.4. Previa autorización de Coljuegos, cuando esta sea exigible, CREDIJAMAR S.A. podrá suspender, modificar o cancelar la Actividad Promocional si se presentan circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito, fraude, delitos, fallas tecnológicas, imposibilidad operativa o cualquier situación que afecte la transparencia, legalidad o normal desarrollo de la actividad. En tal evento, CREDIJAMAR S.A. informará oportunamente al público por los canales oficiales.
14.5. La publicidad y los derechos de autor asociados a la Actividad Promocional serán de propiedad de CREDIJAMAR S.A., sin perjuicio de las marcas, signos distintivos y contenidos de propiedad de Muebles Jamar S.A. o de terceros autorizados.
15.1. Los participantes podrán consultar la mecánica completa, requisitos, restricciones, cronograma y demás condiciones de la Actividad Promocional en https://credijamar.com.co/pages/paga-y-gana, www.credijamar.com.co, www.jamar.com o a través de los canales de atención dispuestos por CREDIJAMAR S.A.
15.2. En caso de no recibir la comunicación de confirmación de participación, el cliente podrá comunicarse con la línea de atención 3009108162 o al WhatsApp 3123683461 para validar su participación, siempre que cumpla los requisitos establecidos en este reglamento.
15.3. Las reclamaciones relacionadas con la participación, validación de requisitos, selección de ganadores o entrega de premios deberán presentarse a través de los canales oficiales de atención de CREDIJAMAR S.A., indicando los datos de identificación del cliente, descripción de la solicitud y soportes correspondientes.
16.1. La Actividad Promocional se regirá por la ley colombiana, por la autorización que expida Coljuegos y por las demás normas aplicables en materia de juegos promocionales, protección al consumidor, protección de datos personales y publicidad.
16.2. Lo dispuesto en estos términos y condiciones será de obligatorio cumplimiento para todos los participantes. La participación en la Actividad Promocional implica la aceptación del presente reglamento, de sus limitaciones, restricciones, procedimientos y de las decisiones que adopte CREDIJAMAR S.A. en desarrollo de la actividad, siempre que dichas decisiones se encuentren ajustadas a la ley, a la autorización correspondiente y al presente reglamento.
16.3. Cualquier incumplimiento del reglamento, suministro de información falsa, manipulación de la actividad, fraude o conducta contraria a la buena fe facultará a CREDIJAMAR S.A. para excluir al participante y ejercer las acciones legales a que haya lugar.
CREDIJAMAR S.A., identificada con NIT 900.461.448-8, realizará la actividad promocional “Tu Hogar Gana”, autorizada por Coljuegos mediante Resolución No. 20260017134 de fecha 22 de Julio de 2026. Vigencia: del 24 de julio al 26 de agosto de 2026. Participan clientes mayores de edad, residentes en Colombia, que cumplan los términos y condiciones del reglamento y que realicen compras financiadas por CREDIJAMAR S.A. iguales o superiores a $2.800.000 IVA incluido, efectuadas en tiendas físicas de Muebles Jamar o en canales digitales, y que hayan sido recibidas por el cliente a satisfacción recibirán una (1) participación. También participan los clientes que tengan cuotas de créditos vigentes con CREDIJAMAR S.A., iguales o superiores a 150,000 y que sus pagos se hayan realizado entre el 24 de julio y el 26 de agosto de 2026 en tiendas físicas de Muebles Jamar o en canales digitales canales digitales o externos autorizados recibiendo una (1) participación, En ambos casos compras o pagos, los clientes recibirán una comunicación al correo electrónico y un SMS al número de celular registrado en las bases de datos de CREDIJAMAR S.A confirmando su participación en el sorteo. Premio: veinticuatro (24) Bono de $2.000.000 cada uno, aplicables como abono al crédito o bono de compra Jamar, según corresponda. Sorteo: 29 de agosto de 2026 a las 11:00 a. m en JAMAR NORTE Calle 77 #70-64 Barranquilla / Atlántico. Aplican términos, condiciones y restricciones disponibles en https://credijamar.com.co/pages/condiciones-tu-hogar-gana
El presente reglamento constituye la versión integral de términos y condiciones de la Actividad Promocional “Tu Hogar Gana”. Cualquier modificación deberá constar por escrito, ser aprobada por CREDIJAMAR S.A. y, cuando corresponda, contar con autorización previa de Coljuegos antes de su divulgación o implementación.